EN RELACIÓN A LOS TRÁGICOS HECHOS ACAECIDOS EL DOMINGO 20 DE MARZO DE 2022 EN EL SECTOR DE PARIMA B EN EL ALTO ORINOCO.
Nosotros, el Grupo de Trabajo Socioambiental de la Amazonia Wataniba, aliados de la causa Yanomami y de su Organización de Base Horonami, que promovemos procesos de gestión territorial en la Amazonia venezolana para fortalecer la identidad de los pueblos indígenas y su capacidad técnica para la defensa y el ejercicio de sus derechos, nos pronunciamos en torno a los hechos que sucedieron el domingo 20 de marzo de este año en la base aérea fronteriza del Sector de Parima B en el Alto Orinoco, Estado Amazonas.
Ante todo, queremos expresar nuestro profundo dolor por los yanomami fallecidos y la violencia suscitada, la cual dejó como saldo a otros tantos heridos. Nos hacemos solidarios con el Pueblo Yanomami y los acompañamos en el proceso de tomar las decisiones y acciones que a bien tengan realizar. En ese sentido, estamos en contacto con sus autoridades legítimas, así como con la organización indígena de base Horonami, que actúa en representación de las disposiciones consensuadas entre la gente del Pueblo Yanomami. También estamos comprometidos con la difusión de la información de los hechos y las circunstancias que incidieron para que se desencadenara este trágico evento.
Abogamos por un verdadero diálogo intercultural que respete el derecho de las minorías en el marco de una discriminación positiva, para favorecer el cumplimiento de los derechos del Pueblo Yanomami y que se respeten sus decisiones en aras de que se le compense por los daños causados.
La vulneración del derecho a la vida, no tiene resarcimiento alguno y no debe manejarse como un error circunstancial. En estos momentos, nuestro compromiso está en contribuir con una mediación entre los actores de ambas culturas en articulación con Horonami, para que pueda haber una solución pronta ante el grave problema que actualmente se está presentando en Parima B. Allí, la poca claridad en torno a lo acontecido y la sensación de falta de justicia que está en el ambiente se suman a la incertidumbre de cómo se restablecerá una convivencia respetuosa. El Pueblo Yanomami reclama que se les responda por las muertes y agresiones suscitadas y todavía se encuentran varios militares retenidos por la comunidad originaria, como garantía de que se hará justicia.
De estos lamentables acontecimientos es importante asumir las lecciones por aprender, las cuales pasan todas por la consideración y el respeto a los pueblos y comunidades indígenas. Se hace evidente la necesidad de otorgar al Pueblo Yanomami una atención especial por ser una población vulnerable y los débiles jurídicos frente al Estado. Son los Yanomami uno de los pueblos originarios de la Amazonia venezolana que todavía se mantienen en resistencia ante las agresiones históricas sobre sus pobladores y territorios, en este sentido no debemos olvidar: la masacre de Haximú, la de Irotatheri y, más recientemente, la muerte de un Yanomami nuevamente de Parima B, quien fue brutalmente golpeado en una detención policial en la ciudad de Puerto Ayacucho en el 2015. La repetición de eventos aciagos en esta línea habla de que hay una deuda por saldar, que empieza por el reconocimiento del otro. Estos antecedentes nos recuerdan que: la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su exposición de motivos indica “… como una conquista de la lucha por la protección integral de los derechos humanos, la Constitución impone al Estado la obligación de investigar y sancionar legalmente los delitos contra los derechos humanos cometidos por sus autoridades…
Igualmente, se impone al Estado la obligación de indemnizar integralmente a las víctimas de violaciones de los derechos humanos que le sean imputables o a sus derechohabientes, incluso el pago de daños y perjuicios, todo lo cual constituye una consecuencia del principio de la responsabilidad patrimonial del Estado reconocido por la Constitución.”
También es necesario hacer mención al artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, estableciéndose en su último párrafo que: “Los cuerpos de seguridad del Estado respetarán la dignidad y los derechos humanos de todas las personas. El uso de armas o sustancias tóxicas por parte del funcionariado policial y de seguridad estará limitado por principios de necesidad, conveniencia, oportunidad y proporcionalidad, conforme a la ley.”
Tal como lo establece la Constitución, la Ley Orgánica de los Pueblos y Comunidades Indígenas, el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, los pueblos y las comunidades indígenas tienen derecho a la consulta oportuna previa e informada a fin de poder dar su consentimiento libre y sin coacción alguna, contando con los debidos informes de impacto ambiental y socio culturales para tomar decisiones. En este sentido, el estado al ejecutar cualquier política pública (incluyendo la colocación de una antena de comunicaciones) debe garantizar y hacer cumplir estos derechos, a fin de que los pueblos indígenas puedan, en un diálogo intercultural, opinar, reglamentar y garantizar la prestación de un servicio público. En este caso, el origen del altercado se vincula con el no haber seguido estos pasos para el suministro y la administración de una señal esencial para que el pueblo yanomami pueda ejercer su derecho a comunicarse y, mediante este mecanismo de innovación tecnológica, proteger su territorio. Este es un servicio que debería ser garantizado por el estado, sin restricción ni condicionamiento alguno, en una zona tan remota y amenazada, como lo constituye hoy en día el Alto Orinoco, por las actividades extractivistas que actualmente asedian a su territorio.
Por todo lo expresado, en Wataniba acompañaremos de formas necesarias y que estén a nuestro alcance en la búsqueda de soluciones de este grave conflicto que aflige al Pueblo Yanomami. Además hacemos pública nuestra solicitud respetuosa a las autoridades competentes de que actúen con respeto y en protección de los derechos del Pueblo Yanomami. Seguiremos apoyando en los espacios de conciliación.
En Puerto Ayacucho a los 30 días del mes de marzo de 2022.